Negligencia por Error en Diagnóstico Prenatal durante el Embarazo
Abogados Especialistas en Negligencias por Errores en Diagnósticos Prenatales
Error Diagnóstico Prenatal
Cuando una persona o familia entiende que ha sido víctima de una negligencia en el diagnóstico prenatal, tiene derecho a iniciar la reclamación. Siempre lo más adecuado para ello es utilizar los servicios de un abogado especializado en negligencias médicas.
Un profesional de la salud comete negligencia en el diagnóstico prenatal cuando por mala praxis u omisión, se diagnostica de forma incorrecta o no diagnostica de una patología del feto durante el embarazo. Una negligencia médica durante la gestación puede ocasionar riesgos y daños al niño, a la madre y a la familia.
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Gracias a la tecnología actual es posible la detección de ciertas anomalías o malformaciones fetales antes del nacimiento. Si estas anomalías pudieron detectarse durante el embarazo y no se detectaron, o los padres no fueron informados (o convenientemente informados) es posible una reclamación judicial de responsabilidad por daños morales y patrimoniales.
Algunas puntualizaciones de aspectos vinculados con la negligencia en el diagnóstico prenatal
- Un error u omisión en el diagnóstico impide a la madre tomar sus propias decisiones con respecto a las opciones que pudiera tener. Una de ellas es interrumpir el embarazo en determinadas condiciones.
- Los defectos congénitos en el feto diagnosticados a tiempo, permiten las acciones más adecuadas tanto durante el embarazo como en el parto. Si por negligencia en el diagnóstico prenatal estas anomalías no se diagnostican, las consecuencias pueden ser fatales para el niño o para su madre.
- Ejemplo de esto es el de las cardiopatías que pueden resolverse con intervenciones durante el período de gestación. Si no se detectan a tiempo, el riesgo de vida puede ser extremo.
- También los errores de diagnóstico prenatal pueden exponer a riesgos en el parto a la mujer.
¿Qué hacer frente a un posible caso de negligencia en el diagnóstico prenatal?
Cuando una mujer o una familia entiende que ha sido víctima de una negligencia médica en el diagnóstico prenatal, lo primero que debe hacer es acudir a un abogado experto en negligencias médicas. Este profesional por sus conocimientos y experiencia tiene la competencia que le permite asesorar a su cliente acerca de las posibilidades que su caso tiene.
Guiará en los términos de la demanda y llevará adelante el proceso, sea extrajudicial o judicial. En toda reclamación es requisito imprescindible obtener toda la documentación vinculada al caso que permita comprobar el error médico en el diagnóstico y las consecuencias que provocó en la madre o en el niño.
Por tanto es imprescindible proveerse de todos los documentos sanitarios. Para ello es preciso:
- Solicitar el historial clínico.
- Recopilar y guardar toda la información de análisis, ecografías, radiografías y otras pruebas.
- Guardar las prescripciones médicas, las recetas y tickets de compra de medicamentos.
- Realizar un relato detallado de los hechos ocurridos, en el que consten las fechas, los nombres de los profesionales actuantes y todo otro dato considerado de interés. Este relato podrá ser validado por un notario.
La reclamación se presentará ante la administración de la institución de salud en la que ocurrió la supuesta negligencia en el diagnóstico prenatal. Si este primer paso no aporta resultados, se realizará la demanda judicial.
Si corresponde a un centro de asistencia público, la reclamación será patrimonial, es decir, que se solicitará una indemnización económica. En caso de un centro privado, se puede presentar una demanda por responsabilidad civil y hasta se puede llegar a la vía penal en casos extremos.
El abogado especialista en negligencias médicas, especialmente conocedor de las negligencias en el diagnóstico prenatal, se ocupará de las solicitudes de la documentación necesaria y sabrá si todos estos documentos se adaptan a lo que establece la ley. Seguirá todo el proceso de la reclamación de la indemnización por negligencia hasta obtener resultados.
Sentencias del Tribunal Superior por negligencias en el diagnóstico prenatal
Un caso especial de negligencia en el diagnóstico prenatal es el que se vincula con la opción de la madre a interrumpir el embarazo cuando el feto padece de malformaciones. Un caso típico es el del Síndrome de Down. Esta patología afecta al feto desde el momento de la concepción. No la causa el médico ni puede curarse. Lo único que el médico puede hacer es diagnosticarla lo antes posible e informar a la madre. Esta tiene la opción de decidir si continúa con el embarazo o lo interrumpe.
Entre la legislación a aplicar, es encuentra la Ley de Autonomía del Paciente, y la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.
La negligencia de omisión de información en el diagnóstico prenatal en estos casos tiene consecuencias de diferentes órdenes. Por un lado, el daño moral debido al impacto emocional que provoca el nacimiento del niño con una malformación inesperada. La familia se conmueve por la necesidad de una dedicación personal mucho más intensa que la de un hijo sano. Además, siempre está la preocupación por el futuro de esa persona cuando los padres ya no estén.
Por otro lado, se produce un daño patrimonial. La familia se ve obligada a asumir la responsabilidad económica que supone tener un hijo discapacitado que tiene necesidades especiales. Se generan costes impensados que a veces escapan a las posibilidades económicas.
Es un caso complejo para los tribunales. En primer lugar, porque no es el médico el que provoca las malformaciones del feto. Además, son casos en los que el daño era inevitable. Sin embargo, la falta de información lesiona los derechos de la madre a evitar que su hijo nazca.
La Jurisprudencia al efecto por errores de diagnóstico durante el embarazo
En una de estas sentencias, se eximió de culpa al médico responsable de la negligencia. Esta sentencia se basó en el concepto de causalidad natural, pues la omisión considerada negligencia no provocó la malformación. Tampoco se hubiera impedido si los padres hubieran conocido esa situación.
La jurisprudencia ha mostrado que en esos casos no existe una doctrina consolidada, con respecto a la existencia de un daño ni a la apreciación de la causalidad entre la conducta del médico y posibles daños. De la misma forma, no la hay con respecto a la cuantificación de la indemnización cuando la sentencia determinó que la hubiera.
En algunos casos, el Tribunal determinó la indemnización por reparación del daño moral o del daño patrimonial. En otras no se justificó indemnización alguna.